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Procedimientos para cumplir con la Prevención de Riesgos Laborales

Todas las empresas tienen la responsabilidad y la obligación de proteger a sus trabajadores de los riesgos que se derivan de su trabajo. Por eso deben cumplir de forma obligatoria con la Prevención de Riesgos Laborales.

La precariedad, la temporalidad laboral y la falta de cultura preventiva de los riesgos son las principales responsables de la siniestralidad laboral, uno de los problemas más graves del mundo laboral en España.

Por este motivo la Prevención de Riesgos Laborales es un derecho fundamental de los trabajadores, pero también una obligación para las empresas. Estas pueden cumplir con la Prevención de Riesgos Laborales de diferentes formas.

Gestión del empresario

Si el empresario es quien gestiona la Prevención de Riegos Laborales de su empresa puede acogerse a la modalidad preventiva de Asunción por el Empresario. Los requisitos para esta modalidad son dos. Primero, la empresa debe tener al menos 10 trabajadores o un máximo de 25 si existe un único centro de trabajo. Segundo, las actividades de la empresa no pueden estar comprendidas en el Anexo I de RD 39/37 de Servicios de Prevención.

Para que el empresario pueda asumir la prevención, además, debe tener la formación y la capacitación en materia preventiva que son inherentes a la actividad que desarrolla la empresa.

Gestión por parte de uno o varios trabajadores

El programa de prevención de riesgos laborales puede ser ocupado por uno o varios trabajadores siempre y cuando tengan la formación para desarrollar funciones de nivel básico. Aunque es recomendable que los empleados tengan una cualificación intermedia o superior de técnico de prevención.

En las empresas que cuentan con más de 500 trabajadores se debe constituir un servicio de prevención propio para cumplir con la Prevención de Riesgos Laborales. Este, además, debe estar comandado por un técnico de prevención. También deben constituir dicho comando las empresas que tienen entre 250 y 500 empleados y desarrollen alguna actividad incluida en el Anexo I del RD 39/37.

¿Sabes si cumples con la Prevención de Riesgos Laborales en tu empresa?

Gestión mediante un servicio ajeno

La empresa también puede cumplir con la Prevención de Riesgos Laborales contratando un servicio de prevención ajeno. El técnico designado para ello llevará a cabo la gestión de riesgos laborales atendiendo a la normativa vigente. En este caso, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

Proceso de planificación de la gestión de Riesgos Laborales

Lo primero que debe hacer una empresa para planificar la gestión de Riesgos Laborales es hacer una evaluación inicial sobre los riesgos que son inherentes a los puestos de trabajo de la empresa. Una vez realizada la evaluación, se deben desarrollar las medidas de acción preventivas, así como informar y formar a los trabajadores sobre el alcance de los riesgos de su actividad laboral.

El siguiente y último paso para cumplir con la Prevención de Riesgos Laborales es que los empresarios integren la actividad preventiva y las medidas de seguridad necesarias para la protección y la seguridad de los empleados. Este proceso es de obligatorio cumplimiento para todos los empresarios.